Los candidatos presidenciales en las pasadas elecciones del
15 de mayo Luis Abinader (PRM), Pelegrín Castillo (FNP), Guillermo Moreno
(ALPAIS), Minou Tavárez Mirabal (APD), Elías Wessin Chávez (PQDC) y Soraya
Aquino(PUN) Intimaron este miércoles a
la Junta Central Electoral (JCE) y a sus
miembros a entregar COPIAS
CERTIFICADAS del cien por ciento (100%) de las actas de
escrutinio manual que sirven de base y sustento a los cómputos y boletines
publicados hasta la fecha por ese organismo sobre las votaciones de las elecciones
del 15 de mayo del año 2016.
Mediante acto de aguacil remitido tanto la JCE como a cada uno de los miembros el
organismo organizador los requirentes plantearon
desde antes de la celebración de las elecciones del 15 de mayo, tanto ante la
opinión pública como en visitas realizadas
a dichos funcionarios, lo crucial que era para la diafanidad de los
comicios que quedara claramente establecido en el nivel presidencial y en los
otros niveles de elección las actas de escrutinio manual que certificaran que
los votos emitidos por el pueblo dominicano en las urnas fueron efectivamente
contados como manda la ley, en presencia de los delegados de todos los partidos
participantes.
argumentan que su petición está en consonancia con la resolución
No. 69-2016 del 5 de mayo de 2016, que establece que “conforme a lo establecido en la Ley Electoral
No. 275-97, la JUNTA CENTRAL ELECTORAL ordenó el escrutinio manual del cien por
ciento (100%) de los votos emitidos en el Nivel Presidencial cuyo resultado
debía ser contrastado con el escrutinio electrónico, precisando que una vez
comparados ambos resultados, si se presentaren diferencias, prevalecerían los
resultados del acta del conteo manual”.
Resaltan que dicha
disposición de la JUNTA CENTRAL ELECTORAL fue ratificada en el Procedimiento de
Escrutinio de Colegios Electorales del 12 de mayo de 2016. Por lo que el levantamiento del conteo manual
como elemento esencial del proceso de escrutinio quedó establecido como una
regla fundamental del proceso electoral al cual debían ceñirse todos y cada uno
de los funcionarios de los colegios electorales.
Advierten que, en
caso de no obtemperar al presente requerimiento, procederán por las vías que
acuerda la ley.
Justifican que numerosos delegados de los partidos, alianzas
y coaliciones que sustentaron las candidaturas presidenciales de los
requerientes informaron que en la mayoría de los colegios electorales se
produjo una negativa a proceder con el escrutinio manual y el levantamiento del
acta correspondiente que permitiera el cotejo con el acta generada por el escrutinio
electrónico.
Resaltan “que es una obligación ineludible de la JUNTA
CENTRAL ELECTORAL informar tanto a mis requirientes como partes esenciales del
proceso comicial recién transcurrido, así como ante el país, el contenido de
las actas de escrutinio manual que han tenido en cuenta como base para otorgar
cómputos presidenciales que sirvan a su vez de base para proclamar electos al
presidente y vicepresidente de la República Dominicana”.
Andrés Matos.
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