martes, 24 de mayo de 2016

Ex miembro JCE considera que la gravedad y cúmulo de irregularidades evidenciadas durante el pasado proceso electoral determinan su ilegitimidad y su anulación.


El ex juez de la Junta Central Electoral (JCE), Licenciado Ramón Hernández, considera que el gran cúmulo y la alta grave de las irregularidades ocurridas en las distintas juntas electorales durante el pasado proceso eleccionario hacen ilegitimo el mismo, por lo que procede es su anulación total.
El ex miembro titular de la JCE afirma que la situación es más grave, porque el organismo organizador de las elecciones no ha cumplido sus propias resoluciones.
 Citó el Protocolo aprobado por el Pleno de la JCE, después de la visita de los candidatos presidenciales a su sede, y, por gestión del ex presidente colombiano Andrés Pastrana, Coordinador de los observadores de la Organización de Estados Americanos (OEA), el cual definió “Procedimiento para el Escrutinio en los Colegios Electorales".
Este protocolo dispone que ‘’en todos los colegios electorales en el territorio nacional (15,339 CE), se procedería a realizar el conteo de voto manual y el electrónico, en los tres niveles de elección”, el cual no ha sido cumplido ni hecho cumplir por las autoridades del organismo máximo electoral.
Además, establece que si se presentara diferencia en los resultados electorales entre una y otra acta, entonces se deberán elaborar los boletines, prevaleciendo los votos que consten en el acta manual.
Esta disposición también lo establece el propio Procedimiento de Escrutinio que la JCE aprobó tres (3) días antes del 15 de mayo (éste enmienda las Resoluciones 64 y 69 de 2016).
Expresó que es sabido, que en una considerable cantidad de colegios electorales sólo se escrutó electrónicamente y que el acta manual no la levantaron, por lo que amerita que se cuente los votos de dichos colegios, cuyas boletas están en las respectivas Juntas Electorales de los municipios.
Manifestó que “Ni hablar del voto preferencial para la escogencia de los Diputados (Acta # C-1), que, para determinarlo, en muchos casos, se deberá ir a la fuente primaria, es decir, revisar las boletas que están en las valijas en las Juntas Municipales”
Afirma finalmente que esta es la única forma de corregir las distorsiones que generaron si es que la JCE pretende decidir quién ganó muchas Diputaciones en conflictos, realizando el razonable cotejo entre el Acta C-1 (preferencial) con las boletas congresuales.

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